El Comité de Senderos

La FEMECV tiene competencias sobre las modalidades y/o especialidades deportivas oficialmente reconocidas y entre ellas se encuentra el senderismo, incluidas las actividades necesarias para la apertura, señalización, mantenimiento y divulgación de los caminos y senderos, así como de investigación, estudios y promoción de actividades saludables de senderismo (art.6, 7a y 10b de los estatutos)

Según el Art. 34 de los Estatutos de la FEMECV, el Comité de Senderos y Refugios se encargará de lo que atañe a senderos y refugios en todos los aspectos que surjan y competan a la FEMECV y los que se soliciten desde la dirección de la misma. Está compuesto por un mínimo de 4 y un máximo de 12 miembros dirigidos por el vocal de Senderos y Refugios de la FEMECV que creará la estructura necesaria y que debe ser ratificada por el Presidente y la Junta Directiva (art. 9 y 28 de los estatutos). Actualmente tiene la siguiente composición:

COMPETENCIAS Y FUNCIONES

  • Gestión de las homologaciones y controles de calidad de los senderos homologados.
  • Gestión de la bolsa de Técnicos de Senderos.
  • Llevanza del Registro Deportivo y del Registro Público de Senderos de la Comunitat Valenciana.
  • Relaciones con otras instituciones y promotores: Generalitat Valenciana, FEDME, ayuntamientos, mancomunidades, clubs, etc.
  • Promoción y divulgación de los senderos y el senderismo en la Comunitat Valenciana.
  • Participación en las actividades federativas (autonómicas y estatales) de referencia en el ámbito senderista.
  • Formación continua de los TS y de nuevos técnicos.

 

EL TÉCNICO DE SENDEROS

Un sendero homologado no es solo marcar con pintura un itinerario. Un sendero homologado es una instalación deportiva y como tal ha de cumplir una serie de requisitos establecidos en el Manual de Señalización de Senderos GR®, PR® y SL®. El Técnico/a de Senderos FEDME es el profesional adecuado para la interpretación correcta y adecuada a la realidad, tanto de lo que se enuncia en dicho Manual como lo que aparezca en documentos similares y en los Protocolos de Homologación de las federaciones autonómicas.

Las funciones de los Técnicos de Senderos FEDME son cinco:

  1. Intervención en el proceso de homologación federativa.
  2. Colaboración con los comités de senderos de las federaciones.
  3. Elaboración del proyecto para un sendero o para una red de senderos.
  4. Ejecución del proyecto para un sendero o para una red de senderos.
  5. Asesoramiento sobre senderos o redes de senderos a particulares o entidades.

Si su entidad necesita un Técnico/a de Senderos para la elaboración, ejecución o asesoramiento en un proyecto de senderos, puede ponerse en contacto con la Vocalía de Senderos y Refugios a través del Formulario de contacto para solicitar información.